Mi padre falleció y dejó su propiedad a sus herederos, exceptuando una casa que él dijo que debía ser convertida en una fundación por la causa de Dios, y que sus ingresos debían ser gastados en los pobres y los necesitados como una forma de caridad permanente. Yo soy el mayor de mis hermanos y no vendí mi parte por temor a Dios, pero mi hermano menor está presionándome para que venda mi parte también. ¿Es permisible que me libre de este problema vendiendo mi parte y donando el dinero a una causa caritativa o a la construcción de una mezquita, como quería mi padre?

Alabado sea Dios

Escribir un testamento es algo prescripto en el Sagrado Corán
y la Tradición Profética, de acuerdo al consenso de los eruditos.

Dios dijo (traducción del significado): 

Se os ha establecido que cuando la muerte se os presente
y dejéis bienes, testéis a favor de vuestros padres y parientes en forma
justa. Esto es una recomendación para los piadosos
” (Al-Báqarah,
2:180). 

Y el Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah
sean con él) dijo: “Dios les ha dado autoridad para disponer de un tercio de
sus riquezas en el momento de su muerte, para que sean capaces de
incrementar sus buenas obras”. Narrado por Ibn Máyah, 2709; clasificado como
bueno por al-Albani en Sahih Ibn Máyah. 

Una fundación islámica es una forma de hacer una obra de
caridad duradera, de la cual el alma del donante puede beneficiarse después
de fallecido, tal como el Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de
Allah sean con él) afirmó cuando dijo: “Cuando un hombre muere, todas sus
buenas obras llegan a su fin excepto tres: la caridad duradera, el
conocimiento beneficioso y un hijo piadoso que reza por él”. Narrado por
Muslim, 1631. 

No es permisible para el musulmán destinar más de un tercio
de su riqueza para esto, porque el Profeta Muhámmad (que la paz y las
bendiciones de Allah sean con él) le dijo a Sa’d ibn Abi Waqqás (que Dios
esté complacido con él) cuando quería destinar toda su riqueza: “Sólo un
tercio. Y un tercio es un montón”. Narrado por al-Bujari, 2742; Muslim,
1628. 

Si esta casa es equivalente a un tercio de la riqueza de tu
padre o menos, entonces toda ella es parte del legado que él dejó para la
fundación. Si es más de un tercio, entonces debe calcularse junto con el
total cuánto es un tercio y destinarlo a la fundación. 

En segundo lugar, no es permisible para los herederos vender
el legado o fundación, tomar posesión de ella, o apropiársela. No es
permisible para los herederos incluirla o disolverla con el resto de la
herencia y dividirla entre ellos, pues esto es un grave pecado. 

De acuerdo al reporte de ‘Umar ibn al-Jattáb (que Dios esté
complacido con él), cuando él quería dejar una tierra en Jaibar como legado,
el Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) le
dijo: “No podrá ser vendida, entregada como regalo, ni heredada…”. Narrado
por al-Bujari, 2764; Muslim, 1633.

Basándonos en esto, no es permisible para ti ceder a las
presiones de tu hermano ni vender esta casa, porque esta casa no es
propiedad de ustedes. Si está en tu poder impedir que la vendan, continúa
rehusándote a venderla y que Dios los guíe. 

La venta que tu hermano hizo de lo que consideró “su parte”
es una transacción inválida. Debes aconsejarle que tema a Dios, y
aconsejarle a tu hermano menor que devuelva el dinero y lo convierta en
parte de la fundación como quería tu padre. Háblale de cuán terrible es el
castigo de Dios y amenázalo con eso, porque consumir riquezas prohibidas es
ciertamente un pecado mayor. Para todo aquél que nutre su cuerpo con
ganancias prohibidas, su morada será el Fuego del Infierno. 

Le pedimos a Dios que te guíe y te ayude a hacer lo mejor
para ti en este mundo y en el Más Allá. 

Y Allah sabe más.