Si alguien me designa para apedrear el yamarat en su nombre, ¿tengo que hacerlo primero por mi, y luego regresar para hacerlo en representación de la otra persona, o está permitido que apedree primero por mi y luego por la otra persona, y que luego apedree el segundo y el tercero de esta manera?
Alabado sea Allah.
El Sheik
Ibn Baaz dijo:
Está permitido que aquel que actúe
en nombre de otro apedree los tres yamarat por sí mismo y luego
representando a la otra persona, en una parada. Él no tiene que completar su
apedreamiento y luego regresar para apedrearlo en nombre de la otra persona,
según la opinión más correcta de las dos opiniones de los expertos, porque
no hay evidencia sobre ésto, y porque ésto es muy difícil. Allah dice
(interpretación del significado):
“Él
os eligió [para que sigáis Su religión] y no os prescribió nada que no
podáis cumplir.”
[al-Hayy 22:78]
Y el Profeta (la paz y
las bendiciones de Allah desciendan sobre él) dijo: «Facilita los asuntos y
no los compliques». Narrado por al-Bujari, 96; Muslim, 1734.
Y no fue narrado que
los compañeros del Mensajero de Allah (la paz y las bendiciones de Allah
desciendan sobre él) lo hicieran al apedrear el yamarat en nombre de sus
hijos y de los que no podían hacerlo. Si lo hubieran hecho, hubiera sido
narrado porque existen razones para narrar tal hecho.
Fataawa Ibn Baaz,
16/86.
El Sheik Ibn ‘Uzaymin
dijo:
No hay nada de malo en
que una persona apedree el yamarat en su nombre y en representación de otra
persona que lo ha designado para hacerlo en su nombre, en una sola parada.
Él no tiene que completar los tres propios y luego regresar para apedrearlos
en representación de quien lo designó, porque no hay evidencia que sugiera
que ésto es obligatorio.
Manaasik al-Hayy
wa’l-‘Umrah,
p. 95.
