Soy una mujer de treinta y un años de edad, y nunca he estado casada. He sabido que tengo quistes en los ovarios desde que tenía catorce años, que hace que tenga un ciclo menstrual irregular. Cada vez que iba al médico, me decía que el tratamiento adecuado se iniciaría después del matrimonio, si Dios quiere, con medicación que ayudará a estimular los ovarios. Esta es una condición que afecta a aproximadamente el veinte por ciento de las mujeres en edad de procrear, y muchas de ellas son capaces de tener hijos, con permiso de Dios, después de casarse y hacer el tratamiento. El único síntoma que tengo ahora es que estoy sufriendo de cierta irregularidad en mi ciclo menstrual. ¿Tengo que informarle esto a un pretendiente antes del matrimonio?
Alabado sea Dios
El síndrome de
ovario poliquístico (SOP) es considerado como un trastorno ginecológico
frecuente, cuya tasa varía de un país a otro, pero en promedio afecta a
entre el 5 y el 10 por ciento de las mujeres, aunque esta tasa está
aumentando. Esta enfermedad puede llevar a un retraso en la concepción o
abortos involuntarios repetidos, y puede causar otros síntomas como períodos
irregulares, aumento de peso, presión arterial alta, y crecimiento de pelo
grueso en varias partes del cuerpo.
Ver:
http://www.sehha.com/womenissues/pco.htm
http://www.6abib.com/a-412.htm
Por lo tanto, si
hay una propuesta de matrimonio y esta enfermedad está presente, es esencial
informar al pretendiente de ella, ya que de lo contrario cualquier
padecimiento resultante de esta enfermedad dará lugar a que se dejen de lado
algunos de los fines del matrimonio, como el placer físico, la compasión y
el amor entre los cónyuges, o puede ser una experiencia desagradable para el
otro cónyuge. Por lo tanto es algo que debe ser advertido, y está prohibido
para la mujer y su familia ocultarlo.
Ibn al-Qayím (que
Allah tenga misericordia de él) dijo:
“Por analogía,
cualquier defecto que resulte desagradable para el otro cónyuge y conduzca a
omitir los fines del matrimonio, tales como la compasión y el amor entre los
cónyuges, requiere que la otra parte sea informada y se le dé la opción de
decidir si procede con el matrimonio o no”. Fin de la cita Zaad al-Ma’ád
(5/166).
Dice en Fatáwa
al-Láynah ad-Dá’imah, 19/15:
“Si la chica tiene
un problema en el útero o con su ciclo menstrual, que requiere tratamiento y
puede retrasar la concepción, ¿el pretendiente debe ser informado de eso?”
Respuesta: “Si
este problema es algo temporal, algo que sucede a las mujeres y luego
desaparece, entonces no es esencial informar al pretendiente de ello. Pero
si este problema es una enfermedad que tiene algún impacto en la calidad de
vida de la persona, y no es algo menor ni temporal, y todavía persiste en el
momento de la propuesta de matrimonio, debe informarse al pretendiente de
ello”. Fin de la cita.
Shéij Abd
ash-Shéij ‘Azíz Aal as-Shéij, Sálih Ibn al-Fawzán al-Fawzán, Shéij Bakr Abu
Zaid.
Para más información,
por favor consulta la respuesta a la pregunta No. 43496
Y Dios sabe más.
