¿Podría usted por favor decirme si existe el concepto de ‘matrimonio temporal’ en el Islam? Yo quisiera saber esto, porque un amigo mío ha leído un libro del profesor Abu Qásim Gourgi, y dice que si ellos ya están casados, es correcto que hagan un matrimonio temporal (mut’ah). Su definición de un matrimonio temporal es que si te gusta alguien, te cases con ella por un breve período de tiempo. Yo quisiera saber más acerca de este concepto, y qué escuelas de pensamiento creen en esta idea, y le agradecería que me responda usando referencias del Corán y la Tradición Profética.
Alabado sea Dios
El matrimonio temporal se refiere a un acuerdo matrimonial en
cuyo contrato o proposición matrimonial existe una cláusula o condición de
caducidad, que especifica una fecha de finalización del matrimonio.
El concepto básico acerca del matrimonio es que sea una
asociación continua y permanente. El matrimonio temporal era popular entre
los árabes paganos del tiempo de la ignorancia preislámica, y fue tolerado
por el Islam en sus comienzos, pero posteriormente fue abrogado
definitivamente.
Se narró de ‘Ali Ibn Abi Tálib (que Dios esté complacido con
él) que el Mensajero de Dios (que la paz y las bendiciones de Allah sean con
él) prohibió el matrimonio temporal y la carne de los burros domésticos
durante el tiempo de la Campaña de Jaibar. Narrado por al-Bujari, 3979;
Muslim, 1407.
Se narró de Ar-Rabí’ Ibn Sabrah al-Juhani que su padre le
dijo que él estaba con el Mensajero de Dios (que la paz y las bendiciones de
Allah sean con él) cuando dijo: “¡Oh, pueblo! Yo solía permitirles realizar
matrimonios temporales, pero ahora Dios lo ha prohibido hasta el Día de la
Resurrección. Por lo tanto, quien tenga una esposa en matrimonio temporal,
debe dejarla ir y no tomar nada de la dote que le haya dado”. Narrado por
Muslim, 1406.
Dios ha hecho del matrimonio uno de Sus signos, que nos
invitan a pensar y meditar. Él ha decretado el amor y la compasión entre los
esposos y ha convertido a la esposa en una fuente de tranquilidad para el
marido. Nos ha encomendado tener hijos, y ha decretado que la mujer tiene
derecho a heredar y divorciarse, y que si se divorcia debe esperar por un
período de tres meses para volver a casarse. Ninguna de estas cosas es
posible en un matrimonio pasajero.
La mujer que se casa en un matrimonio temporal, no es ni una
esposa ni tampoco una concubina. Sin embargo, Dios dijo (traducción del
significado):
“Se preserven de cometer adulterio o fornicación. Y sólo
cohabiten con sus esposas o con sus esclavas, pues ello no es censurable. Y
[sabed que] quienes lo hagan con otras mujeres serán trasgresores”
(Al-Mú’minún, 23:5-7).
Los duodecimanos shí’as citan evidencia para afirmar que el
matrimonio temporal es permisible en el Islam, pero su argumentación es
inválida. Por ejemplo:
a) Ellos citan el verso en el cual Dios dijo (traducción del
significado):
“Dadles la dote convenida a quienes toméis como esposas. No
incurrís en falta si decidís hacer concesiones recíprocas después de cumplir
con lo prescripto.
Allah es Sabio, Omnisciente”
(An-Nisá’, 4:24).
Ellos afirman que este verso indica que el matrimonio
temporal es permisible, y que la expresión “dadles la dote” es evidencia de
que lo que significa la frase “disfrutar de las relaciones sexuales”, es el
matrimonio temporal.
La respuesta a esto es que antes de esto, Dios menciona a las
mujeres con las cuales un hombre tiene prohibido casarse, y luego menciona a
aquellas con las que sí tiene permitido casarse, ordenando darles la dote.
La alegría del matrimonio está expresada aquí por la palabra
“disfrutar”. Una instancia similar existe en un texto de la Tradición
Profética, en el reporte de Abu Hurairah de acuerdo al cual el Mensajero de
Dios (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “La mujer es
curva como la costilla de la que fue creada. Si intentas enderezarla, la
quebrarás. Disfruten de ella entonces, tal como Dios la ha creado”. Narrado
por Al-Bujari, 4889; Muslim, 1468.
La dote está mencionada aquí como “monto debido”, lo cual los
apologistas del matrimonio temporal lo interpretan como un sueldo, pero la
expresión aquí no hace referencia al pago que se le hace a alguien a cambio
de un servicio prestado. En muchos otros versos en Su Libro, Dios se ha
referido a la dote como “monto debido”, como en el verso (traducción del
significado):
“¡Oh, Profeta! Te declaramos lícitas las mujeres a las cuales
le diste la dote…”
(Al-Ahzáb, 33:50).
Así, queda claro que no hay evidencia en este verso que
sugiera que el matrimonio temporal es permisible.
Aún si creyéramos que este verso indica que el matrimonio
temporal está permitido, todavía deberíamos considerar que está abrogado por
los reportes auténticos posteriores en que se ha probado que el Profeta
Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) afirmó que Dios
ha prohibido el matrimonio temporal hasta el Día de la Resurrección.
b) Los reportes de algunos de los compañeros del Profeta (que
Dios esté complacido con ellos) que afirman que es permisible, especialmente
Ibn ‘Abbás. Pero muchos duodecimanos no son honestos al citar a Ibn ‘Abbás,
porque lo consideran un apóstata como a muchos otros de los compañeros del
Profeta, y citan entonces como evidencia lo que les conviene.
Con respecto a los compañeros del Profeta de quienes se
registró que lo consideraban permisible, se trata de aquellos a quienes no
les llegó a tiempo la noticia del Día de Jaibar. Muchos compañeros refutaron
el punto de vista de Ibn ‘Abbás, entre ellos Ali Ibn Abi Tálib y ‘Abd Allah
Ibn az-Zubair.
Se narró de ‘Ali que él oyó que Ibn ‘Abbás permitía el
matrimonio temporal, y le dijo: “Oh, Ibn ‘Abbás, el Mensajero de Dios (que
la paz y las bendiciones de Allah sean con él) lo prohibió en el Día de
Jaibar, y también prohibió la carne del burro doméstico”. Narrado por
Muslim, 1407.
Para más información consulta las preguntas No.
1373, 2377,
6595.
Y Allah sabe más.
