Yo leí en un libro que ayunar en el medio del mes de Sha’bán es un invento, pero en otro libro leí que ese es uno de los días en que es recomendable ayunar, ¿cuáles son las reglas definitivas sobre esto?

Alabado sea Dios 

El shéij Ibn Yibrín dijo:

“No hay ningún reporte auténtico que se remita al Profeta
Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) y que hable de
la virtud de mediados de Sha’bán, ni siquiera en los capítulos de Al-Fada’il
(capítulos sobre las virtudes en los reportes, etc.). Hay algunos reportes
cuyas cadenas de transmisión no se remontan más lejos que hasta los
discípulos de los compañeros del Profeta, el mejor de los cuales es a lo
mucho fraguado (mawdu’), o muy débil (da’if yíddan). Esos reportes se
volvieron muy conocidos en algunos países que están abrumados por la
ignorancia y las innovaciones. En algunos de ellos sugieren que el lapso de
vida de las personas se escribe en ese día, o que se decide en ese día si
morirán en el año siguiente. 

Basándonos en esto, no está prescripto pasar esta noche en
oración o ayunar en ese día, ni distinguirlo particularmente como acto de
culto. No debemos dejarnos engañar por el gran número de gente ignorante que
cree estas cosas. Pero Dios sabe más”. Fin de la cita. 

Si un musulmán quiere hacer el rezo nocturno en esa noche,
tal como lo hace en otras noches sin hacer algo extra o designar esta noche
para algo especial, entonces está bien. Lo mismo se aplica si ayuna el
decimoquinto día de Sha’bán porque sucede que es uno de los días de al-bid,
junto con el decimocuarto y decimotercero del mes, o porque sucede que es un
lunes o un jueves. Si el día decimoquinto de Sha’bán coincide con un lunes o
jueves, entonces no hay nada de malo con ayunar ese día, en tanto que no se
esté buscando una recompensa particular con esto, lo cual no está probado en
los textos auténticos.

Y Allah sabe más.