El destino dictaminó que padezca tuberculosis pulmonar, y el tratamiento consiste en una inyección diaria por período de un año, además de otros medicamentos tres veces por día. El tratamiento coincidió con el comienzo del Ramadán, pero a pesar de ello, comencé a ayunar en el mes sagrado. Luego de ayunar por 15 días, fui al centro médico a aplicarme la inyección, como hago todos los meses, y allí, un enfermero me preguntó si estaba ayunando y le contesté que sí. Me indicó que debía interrumpir el ayuno desde ese mismo día, así que siguiendo sus instrucciones, dejé de ayunar por el resto de Ramadán y luego, compensé los días durante los que había interrumpido el ayuno. Luego de enterarme de que las inyecciones no invalidan el ayuno, me arrepentí de ello y sentí que había cometido un gran pecado, aún cuando mi intención sincera fue ayunar durante todo el mes a pesar de mi enfermedad. La culpa es del enfermero que me indicó que debía interrumpir el ayuno por el resto del mes. Espero que puedan ofrecerme algún consejo basado en las normas islámicas acerca de este tema.

Alabado sea Allah. 

En primer lugar:  

Las inyecciones que se aplican a los enfermos
pueden ser de dos tipos: 

1-    Las que contienen nutrientes. Estas
invalidan el ayuno si se las usa deliberadamente. 

2-    Las que no contienen nutrientes. Estas
no afectan el ayuno, ya sean aplicadas por las venas (intravenosa) o por un
músculo (intramuscular), de acuerdo a la más adecuada de las opiniones de
los sabios, ya que no constituyen ni alimento ni bebida, ni los reemplazan.
 

Ver las preguntas N. º
49706 y
65632 donde citamos algunas de
las fatwas de los sabios acerca del tema en cuestión.  

Quizás este enfermero seguía el punto de
vista de aquellos que dicen que las inyecciones interrumpen el ayuno si
llegan al estómago.  

Cualquiera sea el caso, el hecho de que haya
interrumpido el ayuno, siguiendo las instrucciones del enfermero y que luego
haya compensado los días perdidos, significa que ha hecho lo que se espera
de usted y que no debe hacer nada más.  

Al Sheik Ibn ‘Uzaymin (que Allah se apiade de
él) le consultaron acerca de una mujer que teñía su cabello, y que luego de
ser informada por su hermana de que eso invalidaba el ayuno, interrumpió su
ayuno y lo compenso después. Él respondió: La respuesta a esta pregunta
implica dos cosas, la primera es acerca de la mujer que le dio una fatwa sin
conocimiento, ya que si la mujer que ayuna tiñe su cabello, no está
invalidando su ayuno. La segunda cuestión es acerca de la mujer quien
recibió la información que no estaba basada en un conocimiento apropiado y,
basándose en esto, interrumpió su ayuno y lo compensó después. No debe hacer
nada al respecto, ya que ha hecho lo que se requería de ella. Fin de la cita
de Maymu’ Fatawa al-Shaik Ibn ‘Uzaymin (19/226).  

En segundo lugar:  

En su pregunta usted dice: “El destino
dictaminó que…”. Este es un error muy común, debido a que el destino no
tiene voluntad. Lo correcto es: Allah quiso, o Allah decretó.  

Al Sheik Ibn ‘Uzaymin (que Allah se apiade de
él) le consultaron acerca de decir “Las circunstancias dictaminaron que esto
o lo otro pasase” o “el destino quiso que esto o lo otro pasase”.  

Él respondió: Decir “el destino decretó” o
“las circunstancias decretaron” es incorrecto, ya que las circunstancias se
refieren al tiempo y el tiempo no tiene voluntad. Igualmente, el destino
tampoco tiene voluntad. En cambio, Quien decreta es Allah, sea Él
glorificado y exaltado. Si una persona dice que “La voluntad de Allah
dictaminó que esto o lo otro pasase”, está en lo correcto ya que la voluntad
no puede ser atribuida al destino. Fin de la cita de Maymu’ Fatawa Ibn
‘Uzaymin (3/113). 

Le pedimos a Allah que lo sane y le conceda
buena salud, y que le incremente su entendimiento y su conocimiento.  

Y Allah sabe mejor.