Una semana antes del día de ‘Arafah tenía la intención de ayunar ese día para reponer uno de los días que no había ayunado en Ramadán. Pero cuando llegó el día de ‘Arafah, había olvidado la intención original y lo ayuné como un ayuno voluntario. Ahora no sé como qué cuenta ese día, si sólo como un ayuno voluntario, basándome en la intención que tenía ese día, o como reposición del ayuno que debía basándome en la intención que tenía una semana antes de ‘Arafah.

Alabado sea Dios

En primer lugar, tener la intención correcta es una de las condiciones para
que los actos de culto sean válidos. Ningún acto de culto es válido a menos
que esté acompañado por la intención de hacerlo como tal, a causa del
reporte registrado por Al-Bujari (1) y Muslim (1907), de ‘Umar Ibn al-Jattáb
(que Dios esté complacido con él), quien dijo: “Los actos no son sino
intención, y cada persona no tendrá más que aquello por lo que se ha
esforzado”. 

El Imam An-Nawawi (que Allah tenga misericordia de él) dijo:

“Lo que significa este reporte es que los actos sólo son reconocidos por
Dios en base a su intención, y no cuentan si fueron hechos con otra
intención distinta. Esto indica que la purificación, incluyendo la ablución
con agua, la ablución seca y el baño, no son válidos a menos que el musulmán
haya querido realmente hacer eso. Lo mismo se aplica a la oración, la
caridad obligatoria o impuestos sociales, la peregrinación, el retiro
espiritual en las mezquitas y cualquier otro acto de culto”. Fin de la
cita. 

En el caso de todos los ayunos obligatorios, lo cual incluye aquellos
realizados para reponer ayunos obligatorios perdidos, es esencial tener la
intención correcta desde la noche anterior. 

El Comité Permanente de Jurisprudencia Islámica de Arabia Saudita dijo:

“Tener la intención desde la noche anterior, antes de que rompa la aurora,
para ayunar el día entero con esa intención, es obligatorio de acuerdo a las
enseñanzas del Islam, a causa del reporte de Hafsah (que Dios esté
complacido con ella), quien dijo que el Profeta Muhámmad (que la paz y las
bendiciones de Allah sean con él) dijo: “Quien no tiene la intención de
ayunar antes que rompa el alba, su ayuno no cuenta”. Narrado por los autores
de As-Sunan”. Fin de la cita de Fatáwa al-Láynah ad-Dá’imah, 9/147. 

Ibn Baaz (que Allah tenga misericordia de él) dijo:

“Con respecto a los ayunos de Ramadán, los ayunos observados para cumplir un
voto, los ayunos expiatorios, y ayunos para reponer ayunos obligatorios
perdidos durante Ramadán, es esencial tener la intención desde la noche
anterior”. Fin de la cita de:


http://www.binbaz.org.sa/mat/13420
 

Para más información, por favor consulta la respuesta a la pregunta No.
26863

En tercer lugar, con respecto a la intención para que el ayuno sea válido,
es esencial estar decidido. Si uno no está decidido, la intención no es
válida. 

Zakaríyah al-Ansari dijo en Asná’ al-Matálib, 1/411:

“Con respecto al ayuno, es esencial tener una intención específica y
decidida, como en el caso de la oración. Y eso debe suceder antes del alba
en el caso de los ayunos obligatorios, aun de aquellos ayunos que se hacen
para cumplir una promesa, reponer ayunos obligatorios, o ayunos para expiar
alguna falta. Incluso es así en el caso de los niños que desean ayunar, a
causa del reporte que afirma: “Quien no tenga la intención de ayunar antes
de que llegue la aurora, su ayuno no cuenta”. Registrado por Ad-Daraqtuni y
otros, clasificado como auténtico”. Fin de la cita. 

Basándonos en lo arriba expuesto, el ayuno que realizaste en el día de
‘Arafah cuenta como ayuno voluntario solamente, porque esta fue la intención
que precedió inmediatamente a la acción, aquella que estaba presente cuando
ayunaste. Con respecto a la intención previa que tenías de reponer un ayuno
obligatorio, ya no cuenta porque no estaba presente la noche anterior a que
comience tu ayuno, y no fue en base a esa intención que ayunaste ese día.

Y Allah sabe más.