¿Cuáles son las normas sobre una esposa que rehúsa mantener relaciones sexuales con su marido porque está ocupada con el culto religioso durante Ramadán?
Alabado sea Dios
En primer lugar, el mes de Ramadán es una ocasión importante
para los musulmanes, para incrementar nuestra adoración a Dios y abandonar
nuestros pecados; para reconciliarnos con Dios a través de la obediencia, de
tal forma que podamos dar vuelta una página y comenzar una nueva vida.
Hay reportes auténticos que hablan de las virtudes del ayuno,
del rezo nocturno, del retiro espiritual en las mezquitas. Y en Ramadán hay
una noche, la Noche del Decreto, que Dios ha afirmado que es mejor que mil
meses.
Basándonos en esto, el musulmán que quiera pasar los días de
este mes adorando a Dios, no puede ser reprochado. Las personas estamos
psicológicamente preparadas para adorar a Dios, el Misericordioso, tanto
hombres como mujeres.
Se narró que Abu Hurairah (que Dios esté complacido con él)
que el Mensajero de Dios (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él)
dijo: “Quien pase las noches de Ramadán en oración a causa de su fe y con
esperanza en la recompensa de Dios, sus pecados previos le serán
perdonados”. Narrado por al-Bujari (37) y Muslim (760).
En segundo lugar, las esposas musulmanas deben recordar los
derechos que sus maridos tienen sobre ellas. En términos generales, no es
permisible para ellas rehusar el contacto con sus maridos durante la noche a
causa de actos de culto voluntarios.
Se narró que ‘Abd Allah ibn Abi Awfa (que Dios esté
complacido con él) dijo: “El Mensajero de Dios (que la paz y las bendiciones
de Allah sean con él) dijo: “Por Aquél en Cuya mano está el alma de
Muhámmad, que ninguna mujer puede cumplir su deber hacia Dios sin cumplir su
deber hacia su esposo. Si él la busca para mantener intimidad con ella, aún
cuando ella esté montada arriba de un camello, no debe rehusarse”. Narrado
por Ibn Máyah (1853); clasificado como auténtico por al-Albani en Sahih
at-Targuíb, 1938.
Lo que significa es que las esposas no deben rehusarse al
llamado de sus maridos aún en estas situaciones, pero, ¿qué sucede en otras
situaciones?
Dice en Haashiyát as-Sindi ‘ala Ibn Máyah:
“A causa de la importancia de los derechos del marido. Por
eso las mujeres son animadas a pedir permiso a sus maridos antes de iniciar
actos de culto voluntarios que puedan entrar en conflicto, como por ejemplo:
1 – Observar ayunos voluntarios.
Se narró de Abu Hurairah que el Profeta Muhámmad (que la paz
y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “Ninguna mujer debe hacer
ayunos voluntarios cuando su marido está presente excepto con su permiso”.
Narrado por al-Bujari (4896) y Muslim (1026).
El Imam An-Nawawi (que Allah tenga misericordia de él) dijo:
“Esto debe ser entendido como refiriéndose a los ayunos voluntarios y
recomendables en cualquier momento, no en un tiempo específico. Nuestros
compañeros han afirmado que significa una prohibición. La razón es que el
marido tiene derecho a la intimidad con la esposa durante todos los días en
general, y este derecho no puede ser anulado por realizar actos de culto
voluntarios en cualquier momento, o de un acto obligatorio que puede
realizarse en culquier momento”. Fin de la cita de Shárh Muslim, 7/115.
2 – Salir a la mezquita.
Se narró de ‘Abd Allah ibn ‘Umar (que Dios esté complacido
con él) que el Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones de Allah sean
con él) dijo: “Cuando la esposa de alguno de ustedes le pida permiso para ir
a la mezquita, no se lo impidan” Narrado por al-Bujari (4940) y Muslim
(442).
Tercero, el marido debe temer a Dios con respecto a su esposa
y no cargarla con más de lo que ella pueda soportar. Muchos hombres
pretenden mantener a sus esposas ocupadas todo el día cocinando para ellos y
haciendo dulces, y entonces la mujer no tiene tiempo libre ni espacio para
ella, ni para realizar actos de culto voluntarios. Uno de los derechos de la
esposa sobre su marido es que ella tiene derecho a disfrutar de los rituales
del bendito mes de Ramadán. Por lo tanto el marido no puede impedirle leer
el Corán o rezar pro la noche, ella tiene derecho a ello, especialmente en
Ramadán. Debe primar el entendimiento entre ellos, tratando de no poner en
conflicto los derechos del marido con los de Dios. Esto es, por supuesto,
con respecto a los actos de culto optativos o voluntarios. Con respecto a
los actos de culto obligatorios, el marido no tiene derecho alguno a
impedirle a la esposa que los realice.
El ejemplo del Profeta Muhámmad (que la paz y las bendiciones
de Allah sean con él) con sus esposas fue animarlas a que adoren a Dios y
realicen actos de culto voluntarios, especialmente en los últimos diez días
de Ramadán.
Se narró que ‘Aa’ishah (que Allah esté complacido con ella)
dijo: “Cuando los últimos diez días de Ramadán comenzaban, el Mensajero de
Dios (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) intensificaba sus
oraciones, se mantenía despierto por la noche, y despertaba a su familia”.
Narrado por al-Bujari (1920) y Muslim (1174).
Si tanto el marido como la esposa comprenden sus derechos y
deberes y los respetan, podrán evitar tener dificultades en la gran mayoría
de los casos. Si comprenden que tales ocasiones sólo ocurren pocas veces en
sus vidas, se apresurarán a aprovechar el bendito mes de Ramadán para adorar
a Dios antes que la vida se les acabe.
Le pedimos a Dios, glorificado y exaltado sea, que reconcilie
vuestros corazones y les ayude a obedecer y adorar a Dios como corresponde.
Y Allah sabe más.
